Será beneficiario del Programa de Gratuidad de Libros de Texto el alumnado matriculado en los centros docentes de Andalucía sostenidos con fondos públicos en los cursos de Educación Primaria, de Educación Secundaria Obligatoria y Ciclos Formativos de Grado Básico, también el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE) que esté matriculado en los cursos del período de Formación Básica de carácter obligatorio.
De acuerdo con el Decreto 227/2011, de 5 de julio, “se entiende por libro de texto el material curricular destinado a ser utilizado por el alumnado, que desarrolla de forma completa el currículo establecido en la normativa vigente en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el área, materia, módulo o ámbito que en cada curso, ciclo o etapa educativa corresponda”.
Los libros de texto podrán estar editados en formato impreso o en formato digital y, en ningún caso, contendrán elementos que precisen de licencias de terceros para su uso o acceso a los contenidos que se incluyan.
La elaboración de materiales curriculares constituye una de las tareas que desarrolla el profesorado como complemento y concreción última del proyecto educativo elaborado por los centros, de acuerdo con la autonomía pedagógica de los mismos.
Los centros docentes podrán optar, de acuerdo con su proyecto educativo, por la utilización de materiales curriculares de uso común o materiales curriculares de elaboración propia, en sustitución del libro de texto,…
Toda la información en➡ INSTRUCCIONES DE 30 DE MAYO DE 2023 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN, INCLUSIÓN,
PARTICIPACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA SOBRE EL PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LOS LIBROS DE
TEXTO PARA EL CURSO ESCOLAR 2023/2024